Señor, hay un punto en el que pienso que esta carrera debería detenerse.

- John Stuart Mill 

Son notables, aunque nada soprendentes, las reacciones de protesta desencadenadas con ocasión del ahorcamiento de Sadam Husein. Entre nosotros, tanto altos representantes de la Unión Europa como el presidente del gobierno de España, además de una larga lista de "artistas e intelectuales", aprovecharon la ocasión para recordar su oposición a la pena capital. Incluso desde el Vaticano se lamentaban porque la soga terminara con la vida del tirano y genocida iraquí, despreciando o pasando por alto una larga tradición cristiana de justificación del tiranicidio, de Tomás de Aquino a Juán de Mariana. Como nota curiosa, aunque no exenta de interés, Richard Dawkins se quejaba no tanto ya por la "vandálica" ejecución, sino porque el cerebro de Sadam quedase definitivamente sustraído al análisis científico, dejando así un hueco más difícil de rellenar para la psicohistoria.

La negación de la pena capital procede de varias fuentes, pero hay dos especialmente pregnantes. En primer lugar, la negación progresista, secular, que pone por delante el valor absoluto del pacifismo y se sustenta en una concepción "reinsercionista" del derecho. Según esta visión, la finalidad de las penas nunca puede consistir en arrebatarle la vida al reo, por horrendos que nos resulten sus crímenes, ya que siempre se contempla la posibilidad de reinsertarlo en la sociedad de personas. Además, y lo que es aún más importante, la negación de la pena capital se hace aquí en nombre de la ética de los derechos humanos, que en su tercer artículo establece el "derecho a la vida" de todo hombre. Las reacciones ante la ejecución de Stanley "Tookie" Williams, un condenado a muerte en los Estados Unidos que se había significado por su activismo pacifista una vez capturado y hecho preso, pueden servir aquí como ilustración. Desde luego, si el pacifismo fundamentalista deriva del mandamiento "No matarás", la idea de reinserción dentro de la doctrina jurídica del "estado de derecho" puede considerarse una secularización del arrepentimiento. En la visión cristiana Dios es un tribunal superior al de los hombres, capaz de reparar y disculpar cualquier clase de ofensas con tal de que se reconozca su autoridad suprema. La gracia santificante puede llegar incluso a convertir (¿por qué no?) los criminales en santos. Desde esta perspectiva, la justicia humana aparece enteramente subalternada a la divina, al igual que el poder político se fundamentó durante tiempo en el origen divino del gobierno. Roger Bartra, en El salvaje en el espejo, narraba enjundiosas historias a cerca de "santos salvajes" a los que Dios otorgaba personalmente el perdón por sus pecados después del ostracismo voluntario de los pecadores. En la antigüedad también era habitual que la pena capital fuera conmutada por el ostracismo – como atestigua el proceso a Sócrates en Atenas.

Sin embargo, y pese a afirmar la superioridad de la justicia divina sobre la terrena, La iglesia no ha condenado nunca explícitamente la pena capital (aunque sí ha rechazado en al menos dos ocasiones su negación: en la la herejía Valdense -Denzinger, 425- y en la herejía luterana -Denzinger, 773-). La negación cristiana de la pena capital puede fundamentarse, en cambio, en una cierto dualismo hipócrita: a la Iglesia no le concierne el gobierno de los cuerpos políticos, sino el de las almas de los creyentes ("A Dios lo que es de Dios, y al César lo que es del César"). Por ello los tribunales de la Inquisición no podían ejecutar directamente las penas de herejía, sino que eran relajados al "brazo secular" –al igual que ocurrió en el mismo proceso a Jesús por la justicia romana. Dicho en términos más claros: los herejes eran entregados a los verdugos del rey tanto para satisfacer las demandas de ortodoxia religiosa como para sostener un orden político fundado en la misma unidad política-religiosa.

Frente a esta doble negación de la pena capital, progresista y "sagrada", no faltan buenos argumentos a su favor. Richard Posner y Gary Becker han recalcado los efectos disuasorios que, sin duda, acarrea la pena capital. La posibilidad de permanecer en prisión de por vida es, como afirma el sentido común y confirman los trabajos empíricos de Isaac Ehrlich, mucho menos disuasoria que la posibilidad de morir ajusticiado –pese a que esta posibilidad es, en la práctica, bastante escasa (los 59 ajusticiados en EE.UU contrastaban con los 100.000 fallecidos en accidentes de tráfico en 2004). Estos mismos autores recuerdan que la posibilidad de que un inocente sea ajusticiado es casi nula en los Estados Unidos. Como promedio, los reos pasan una década antes de que su pena sea cumplida, lo que prácticamente hace imposible la ejecución de inocentes.

Pero los argumentos favorables a la pena capital no proceden tanto de la fría economía estadística sino de una razón más profunda que compromete los fundamentos morales de una sociedad política. ¿Puede permitirse una sociedad política dejar impunes crímenes horrendos que no admiten reparación, como el asesinato de seres humanos inocentes? Gustavo Bueno propuso incluso denominar "eutanasia procesual" a la llamada "pena capital", puesto que en un contexto materialista y naturalista carece de sentido suponer que la muerte pueda ser considerada realmente una "pena". Las "penas" se aplican sobre los cuerpos de los hombres, y no sobre sus almas. Pero solo el espíritu del condenado, una vez ajusticiado, podría realmente sufrir una "pena de muerte". Como dijo Epicuro en el siglo III a.C:

La muerte no es nada para nosotros. Cuando se presenta nosotros ya no somos.